Hoy, día 13 de noviembre de 2.019, en presencia de todas las asociaciones representativas, entre las que está APC-GC, ha tenido lugar en la Dirección General de la Guardia Civil, la primera convocatoria del grupo de trabajo sobre la jornada y horarios, incentivos al rendimiento, vacaciones, permisos y licencias, en la que se pretende la modificación de las O.G. actuales que regulan todo lo anterior, para modificarlas mediante tres Órdenes Ministeriales y recogidas en un Real Decreto.

Sobre la Jornada y Horario los puntos a destacar son:

Desaparecen los DAS, DSJ, DSJ para retribuirlos económicamente sin saber cuál es la cantidad.

Los servicios se computarán en periodos trimestrales y cuatrimestrales, dependiendo del régimen que se preste y tomando como referencia el 1 de febrero al igual que las vacaciones.

Se pretende crear la figura de SERVICIO EXTRAORDINARIO retribuyéndolo a unos 80 euros las 7,5 horas, con la condición de que estas horas de servicio no computarán en el régimen que se preste y como máximo se podrá realizar 48 horas de servicio semanales según la normativa europea, o sea, un servicio a la semana. Estos servicios extraordinarios, en un principio los tendrá que autorizar el Jefe de la Comandancia y serán muy puntuales.

Los periodos de localización para aquellos que estén en el régimen de mando, no computarán, o sea que tendrán que realizar 40 horas de servicio semanales en vez de 33 como prestaban actualmente según la norma.

Otro punto para destacar sería que las horas de servicio que no se prestasen en periodos trimestrales o cuatrimestrales, se acumularían al siguiente periodo trimestral o cuatrimestral siendo los excesos remunerados también en estos periodos.

Se pretende crear una Orden General sobre turnos en la Guardia Civil

Los descansos diarios serán de 11 horas al igual que en la actualidad, lo mismo que después de un nocturno serán de 12 horas.

En caso de no poder cumplir la norma por necesidades del servicio, se compensará en el siguiente periodo.

Los descansos semanales, se pretende que sean de 48 horas  ininterrumpidas.

Se pueden acumular varios descansos semanales en un mes, como los conocidos continuados.

Los Descansos Festivos se pretende que tenga que dar lo antes posible y como máximo en 3 meses.

Los servicios nocturnos se prestarán entre los horarios de 22:00 a 06:00 horas y como mínimo serán de al menos de 3 horas.

Se limita los servicios a 8 horas salvo justificación.

La planificación de los servicios será como hasta ahora y puesto a disposición del personal 7 días antes de que finalice el mes, con la peculiaridad que no han de nombrarse de nuevo, haciéndolo automáticamente el SIGO 48 horas antes de realizarlos.

Sobre Incentivos al rendimiento los puntos a destacar son:

Se pretende incrementar las cantidades económicas en los conceptos de horas nocturnas y festivas, conocidas actualmente por ICRES.

La productividad estructural será la misma que hasta la fecha, pero con la modificación de las mismas cantidades fijas en vez del porcentaje del Complemento de destino del año 2014 que fue cuando entró en vigor la actual O.G. que regula los incentivos al rendimiento.

Desaparece la productividad del Trabajador Nocturno.

Desaparece la productividad del llamado ICREM que es la que retribuye las modificaciones de servicios y descansos.

Se pretende que al realizar un curso de hasta 3 meses se perciba la productividad estructural integra y a partir del 4 mes sea un 35 %.

Se pretende que las bajas en acto de servicio se perciba la productividad estructural completa durante el primer año y después se dejaría de percibir.

También se pretende que la productividad estructural por ejercer el mando sea por 3 tramos, pudiendo ser quitado cada tramo una vez motivando y debido a algún incumplimiento por el cual se otorga esa productividad, como puede ser el de estar localizado y disponible.

Se crean diferentes productividades con las siglas ACEX 1 al ACEX 6, similares a las productividades que tenemos actualmente, diferenciando el ACEX 1 que sería para servicios extraordinarios, como los que actualmente tenemos en Cataluña.

Mismamente se crean productividades con las siglas O1 al O4; lo nuevo es que se pretende que las productividades por objetivos que actualmente las percibe la especialidad de tráfico, se puedan extrapolar a otras especialidades.

Sobre Vacaciones, Permisos y Licencias los puntos a destacar son:

Se pretende eliminar de la norma las vacaciones y permisos extraordinarios que se adjudican al personal destinado en el país Vasco y Navarra, quedando la posibilidad de que se otorgue por decisión del Ministro del Interior.

Los turnos de verano se harán por periodos de 4 o 5 semanas, cuyo calendario lo hará la DGGC.

Los Alumnos turnarán entre ellos el primer año de destino.

Aportes presentados en el grupo de trabajo por la DGGC.

Se pretende detraer de las nóminas de todos los Guardias Civiles los conceptos de PRODUCTIVIDAD POR EQUIPARACIÓN SALARIAL ascendiendo en el año 2020 a la cantidad de 47 millones de euros y junto con la productividad que percibe el cuerpo ascendiendo a 143 millones de euros, realizar los cambios normativos arriba expuestos.

Alegaciones expuestas al finalizar el Grupo de Trabajo por parte del Representante de APC.

En primer lugar, no vemos de recibo detraer de las nóminas de todos los Guardias Civiles los conceptos de Productividad por Equiparación Salarial.

En segundo lugar, no vemos coherente ni lógico la eliminación de la productividad de ICREM, ya que es lo que gratifica económicamente las modificaciones de servicios y descansos semanales; caso contrario de no retribuirse nos vemos expuestos a por necesidades del servicio cuya figura es muy recurrida, a no tener una conciliación familiar y verse ese personal con dedicación exclusiva al trabajo en detrimento de su vida personal. 

En tercer lugar, exponemos por activa y por pasiva que las sustituciones y sucesiones de mandos sean retribuida de forma justa, exponiendo que la productividad que se percibe actualmente es a la persona y empleo y lo justo debería de ser al puesto de trabajo; de esa manera quien suceda al mando podría percibir la misma cantidad económica que su titular.

En cuarto lugar, exponemos nuestra disconformidad con los descansos semanales a 48 horas, ya que lo vemos abusivo en perdida de derechos.

En quinto lugar, le exponemos que somos Cabos y Mandos de la Guardia Civil y se nos tendría que retribuir acorde a ese criterio, argumentando que actualmente es penosa en la situación en la que estamos.

En sexto lugar, se manifiesta que se esperará al borrador expuesto en un power point para argumentar las alegaciones que creamos oportunas.

Esta situación es una clara involución en los derechos adquiridos por los Guardias Civiles en 175 años, los cuales aun siendo los mas precarios de todos los cuerpos policiales en disfrute de derechos, puntualizamos, que, con estas modificaciones, seremos remunerados con nuestro propio dinero por trabajar más, además haremos más horas que cualquier cuerpo policial y disfrutamos de menos derechos que cualquier funcionario.

A este atropello, tenemos la obligación de comunicar, que por parte de la Asociación Profesional de Cabos, defenderemos los derechos de nuestros asociados, activando los mecanismos necesarios para que esta aberración, en contra de un modelo policial del siglo XXI, que además atenta contra la conciliación de la vida personal, social, económica y laboral de todos y cada uno de los componentes de la Guardia Civil, no sea aplastada y enterrada, regresando a una decadencia laboral con la pérdida de unos derechos que tanto nos ha costado adquirir.

MADRID, 13 DE NOVIEMBRE DE 2.019