El día 21 de octubre de 2022 tuvo lugar el grupo de trabajo sobre las modificaciones del texto articulado en la Orden General 21/2021 del 9 de septiembre, en materia de Fiscal y Fronteras.

            Reseñar que, por parte de la Dirección General, se ha aceptado la propuesta de la Asociación Profesional de Cabos, en relación a la creación de la vacante de los empleos de Cabo/Cabo1º en los nuevos Destacamentos de Fiscal y de Fronteras, los cuales inicialmente se encuentran compuestos por un Sargento/Sargento 1º y ocho Guardias Civiles.

INFORMA-GRUPO-TRABAJO-FISCAL

Casualmente y según ha informado la D.G.G.C esta modificación se ha instaurado a petición única y exclusiva de esta asociación representativa.

Sobre estos nuevos destacamentos, comunicar que los mismos no sustituirán a las PAFIF,s existentes.

Otro dato reseñable es la modificación de la Disposición adicional cuarta en su apartado segundo, siendo el cuarto y el quinto puntos añadidos.

Se informa que este articulado puede ser nuevamente modificado ya que se prevén nuevos grupos de trabajo en esta materia.

ADAPTACIÓN DE SITUACIONES ANTERIORES

            2. El personal que hubiera prestado al menos un año de servicio ininterrumpido, dentro del período de los diez años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la presente orden, en unidades fiscales y de fronteras, desarrollando cometidos y/o funciones propias de la 

especialidad, se le reconocerá la cualificación específica FFD o FFB, según corresponda.

            4. Al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en unidades dependientes de la Zona de Cataluña, la Zona del País Vasco o en las Comandancias de Ceuta y Melilla, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFD o FFB, según corresponda, siempre que como consecuencia de la entrada en vigor de la presente Orden General se modifique su puesto de trabajo a uno propio de la especialidad de fiscal y fronteras, debido todo ello al cambio de las funciones a desarrollar por estas unidades.

            La efectividad de estos cambios vendrá determinada, en todo caso, por la vigencia de los nuevos puestos de trabajo aprobados por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones tras la aprobación del correspondiente expediente de modificación de Catálogo.

Por tal motivo, se realizará una nueva mesa de trabajo a principios del próximo año para tratar con más detalles que Puestos de Seguridad Ciudadana serán propuestos para el cambio de puesto de trabajo, queriendo presentarlo en la Comisión de Normativa que tendrá lugar en el mes de marzo. Siendo reconocido de oficio la cualificación especifica FFD y FFB, según corresponda, no deseando por parte de la Jefatura la perdida de efectivos en las unidades afectadas. 

            Con idea de ocasionar el menor perjuicio posible a los efectivos, se baraja la posibilidad de una vez reconocida la cualificación, ofrecer la opción de continuar en el destino o facilitarle el derecho preferente correspondiente según lo dice la norma del reglamento de destinos. –

            5. Al personal que, ocupando puestos de trabajo que no sean de especialista Fiscal y Fronteras, haya prestado servicio en los Equipos Pegaso al menos durante un año, dentro del período comprendido entre

la creación de estos equipos y la entrada en vigor de la presente orden, se le reconocerá la cualificación específica FFB. Este reconocimiento no generará derecho retroactivo alguno sobre los puestos de trabajo que se encuentren ocupando o hayan ocupado.

         Para ello cada interesado, en el plazo de los dos años posteriores a la entrada en vigor de la presente orden, podrá solicitar dicho reconocimiento a la Jefatura de Enseñanza, debiendo ir acompañada del certificado de la Comandancia o unidad similar donde prestaron servicio, así como del informe de la Jefatura Fiscal y de Fronteras.

            En relación al reconocimiento de título hacia los efectivos de los Equipos Pegaso, APC propone que, con motivo de crearse dichos equipos con dedicación exclusiva del servicio, se les facilite el mismo siempre y cuando se haya cumplido el requisito de haber desarrollado como únicos cometidos y/o funciones propias de la especialidad como mínimo durante un año, comunicándonos referente a dicha propuesta que queda como objeto de estudio y comprobación de la dedicación total. 

Se pretende que una vez los componentes tengan el reconocimiento de la cualificación de la especialidad, los Equipos Pegaso se encuadrarán como áreas funcionales pertenecientes a Unidades de Fiscal y de Fronteras, preferentemente en los  Aeropuertos.

Junta Directiva Nacional