APC-GC y los despachos colaboradores abren la puerta para solicitar C.D., C.S. y C.G. para sucesiones de más de un mes.

El servicio jurídico de APC al unísono con los despachos con los que puntualmente trabaja, abren la puerta a que cualquier miembro del Cuerpo, con independencia de su empleo, pueda percibir el complemento de destino, singular y general correspondiente a la vacante que ocupa como jefe de unidad con carácter interino/accidental, cuando se supera más de un mes en la misma.