El servicio jurídico de APC al unísono con los despachos con los que puntualmente trabaja, abren la puerta a que cualquier miembro del Cuerpo, con independencia de su empleo, pueda percibir el complemento de destino, singular y general correspondiente a la vacante que ocupa como jefe de unidad con carácter interino/accidental, cuando se supera más de un mes en la misma.

Cualquier miembro del Cuerpo destinado en Andalucía puede solicitar la extensión de la sentencia que, con carácter retroactivo, reconoce la percepción de los tres complementos hasta un máximo de 4 años.

¿Eres cabo y todavía no eres de APC?

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