CELEBRADO EL 6 DE FEBRERO DE 2023

Informar que la finalidad de este grupo de trabajo es exclusivamente para dotar con el reconocimiento de la cualificación de FFB y FFD a determinados colectivos que se encuentren encuadrados en las Comandancias de País Vasco y Cataluña, Ceuta y Melilla, así como los equipos Pegaso, proponiendo por parte de la DGGC lo siguiente:

PRIMERO. – PAƍS VASCO Y CATALUƑA:

– Una vez entre en vigor la modificación de esta O.G, se concederĆ” de oficio la cualificación al Centro de Coordinación de Vigilancia MarĆ­tima, tanto en CataluƱa como en el PaĆ­s Vasco, a los Guardias Civiles que hayan realizado las funciones de Fiscal y Fronteras desde que entró en vigor esta O.G.

Se excluyen a las Unidades de Protección y Seguridad, como los Núcleos de Servicios y de Reserva.

-Respecto al resto de unidades por el momento, no pueden aclarar cuƔles de ellas se verƔn afectadas y pasarƔn a formar parte de Fiscal y Fronteras.

SEGUNDO. – CEUTA y MELILLA:

-Se concederƔ de oficio la a todos los que se encuentren en las CompaƱƭas de

Ceuta y Melilla que cambien su puesto de trabajo

TERCERO.- PEGASO, COS, SIVE y CCPA“S:

-Los equipos PEGASO pasarĆ”n a ser  Ć”reas funcionales, concediĆ©ndose de oficio la cualificación a todo el personal que cumpla los requisitos, con la finalidad de que estos Guardias Civiles tengan acceso a las vacantes de mĆ©ritos de la especialidad, que actualmente NO se encuentren destinados en una unidad de Fiscal y Fronteras.

– Los COS/SIVE, CCPA’s, asĆ­ como Puestos Ordinarios cercanos a aeropuertos y Servicio MarĆ­timo quedan excluidos para la concesión de la cualificación FFB y FFD.

            Tras la inquietud sobre la posible pĆ©rdida de jefaturas en los empleos de Cabo por las unificaciones de los nuevos Destacamentos, Puestos y  Pafites en todo el Territorio Nacional, la Asociación Profesional de Cabos elevó consulta por la preocupación de la perdida de las jefaturas de estas unidades con la nueva reestructuración, informando por parte del Presidente del Grupo de Trabajo lo siguiente:

  •  Se crearĆ”n las figuras de Jefes de Destacamentos o Jefes de Ɓreas para reubicar en puestos de trabajo de mando, a los empleos que se encontraban en rĆ©gimen especial con su productividad asignada, y asĆ­ no tener una perdida retributiva ni un cambio de rĆ©gimen.
  • Se estudiarĆ” la viabilidad de realizar cursos formativos online a todo aquel personal que no estuviese destinado en una Unidad de Fiscal y Fronteras en el momento de la entrada en vigor de la presente O.G , y que actualmente realice funciones de la especialidad .

Junta Directiva Nacional