En la presente mañana, lunes 22 de abril de 2024, se ha celebrado el último grupo de trabajo referente a la nueva orden general de incentivos al rendimiento. Por parte de la DGGC se ha facilitado a las asociaciones un nuevo borrador con alguna modificación respecto al primer y segundo borrador facilitado.

En el preámbulo, se hace referencia a las competencias que tiene el Director General para desarrollar el correspondiente Reglamento.

Se nos muestra las propuestas ACEPTADAS, así como las nuevas modificaciones de las cuales se destaca lo siguiente:

  • Respecto a los DAS, de modo excepcional, se podrán ampliar a más de dos los que se puedan disfrutar en el mismo mes, incluso, se podría combinar el disfrute del DAS y del DASR simultáneamente, a modo de ejemplo, se podrían trabajar 2 DASR y a su vez, disfrutar del descanso de otros 2 DAS dentro del mismo mes.
  • Para el personal destinado en centros de enseñanza o con funciones administrativas, corresponderá al interesado decidir en cada momento si desea estar en régimen de 40 horas o 37,5 horas semanales directamente desde el aplicativo, SIN NECESIDAD, de que lo autorice el jefe de unidad.
  • Se añade la posibilidad de sumar 5 puntos más de ICRES que los permitidos actualmente con el incremento económico proporcional correspondiente, es decir, se podría llegar a generar 70 puntos de ICRES como límite máximo, que corresponderían con 245,20€.
  • Se añade como perceptor de la productividad EAD3 el personal de la oficina de protección de datos y el personal de la unidad de desarrollo y talento.
  • Los Jefes de las Áreas de recursos humanos y de recursos materiales pasan a encuadrarse de la EAD3 a la EAD1.
  • Se introduce como perceptor de la EAD4 al personal del CECORVIGMAR que realice una jornada de 40 horas semanales.
  • Serán perceptores de la EFM2 los jefes de la Unidad Aérea, GIAT Central, DIRAT, EPRAT y UNIS.
  • Dentro de la EFM4 integrarán a los Jefes de CCPA y CCP desde la EFM5 que se encontraban anteriormente.
  • Respecto a la ERG4 se aumenta la partida destinada en 480.000 euros adicionales anuales, por lo tanto, la cuantía pasaría del 35% del CVE propuesto inicialmente al 40% del CVE, lo cual significaría pasar de los 156,45 euros propuestos en el primer y segundo borrador (equivalente a cobrar 5 meses la ERG4 actual y 7 meses la ERG2 actual) a cobrar 178,80 euros (equivalente a cobrar 7 meses y medio la ERG4 actual y 4 meses y medio la ERG2 actual); por parte de APC, se le ha hecho saber a la Dirección del grupo de trabajo que el % del CVE de la productividad ERG4 debería ser del 55%, pero que dado que la disposición adicional quinta del reglamento por el que se regulan los incentivos al rendimiento establece que NO habrá incremento de gasto, solicitamos nuevamente que la Administración debería valorar la propuesta del 52% del CVE los 12 meses del año, por lo tanto, valoramos positivamente el incremento propuesto, no obstante, le recalcamos como ya hicimos en los anteriores grupos de trabajo QUE SEGUIMOS EN DESACUERDO, ya que resulta incongruente que se otorguen más responsabilidades y mayores cometidos a los empleos de cabo como primer escalón de mando y sin embargo no se retribuya como debería, por lo tanto, instaremos a la Administración a que reconsidere la propuesta y aumente la cantidad destinada a dicha productividad.
  • Respecto a las vacaciones estivales, no se tiene información definitiva sobre cómo se procederá, ya que por un lado se encuentran los 2.000.000 de euros destinados a retribuir los servicios realizados en periodo vacacional con la misma cuantía que los DSAR y los DFR, pero por otro lado se encuentra la propuesta de cobro de 1188 euros como productividad por renunciar a disfrutar vacaciones en periodo estival, por lo tanto, se nos informa que tendrán que valorar con el otro grupo de trabajo la forma de proceder, ya que se trata de una prueba piloto con la intención de ver qué resultados se obtienen por parte del personal, y así, poder regularlo de cara a los próximos años.

A modo de conclusión, informarles que disponemos de otro periodo de alegaciones que tras el cual, la Administración emitirá un nuevo borrador, posteriormente se llevaría a la comisión de normativa técnica con otro nuevo periodo de alegaciones, para finalmente, emitir el último borrador antes de su votación en el pleno del consejo del 13 de junio.