1ª REUNIÓN 

Preside el Grupo de trabajo de productividad el Coronel Viqueira en el cual nos desarrolla el primer borrador sobre el cambio normativo de la actual O.G. número 12, del 23 del diciembre de 2014, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.

 

En términos generales pretenden subir modestamente las cantidades a las productividades estructurales sin decirnos (al estar en estudio) cuánto quedaría las horas de ICRES que es el concepto que se retribuyen los festivos y nocturnos.

También nos comunican que desean retribuir con el 100 % de la productividad a todos los miembros del Cuerpo que realicen un curso hasta 3 meses y con el 35 % a partir del cuarto mes.

Se pretende eliminar el ICREM (concepto que retribuye las modificaciones de servicios) a los mandos jefes de unidad y unidades de investigación.

Aparece un nuevo concepto de Servicios Extraordinarios que se retribuiría con 88 euros brutos para un Cabo/Cabo 1º, pero no contaría para cómputo de horas, ni  DAS, ni ISFN.

Nuevo y favorable hacia nuestro empleo es que se reconocen las segundas jefaturas y le conceden una productividad estructural de EFM5 con el 65 % de la cuantía vinculada al empleo (CVE) cuyo importe es de 277,55 euros mensuales.

Las cuantías vinculadas al empleo (CVE)  son cantidades predeterminadas que se recogen en el anexo de la O.G. (por ejemplo, para el Cabo/Cabo 1º son 427 euros y para el Cabo Mayor son 445 euros).

Como novedad aparece una productividad estructural que se les asigna a los componentes de los Equipos Roca bajo el concepto EIP5 con el 65 % de la cuantía vinculada al empleo. La cuantía es de 277,55 euros mensuales.

Una vez terminada la presentación de este primer borrador, APC-GC expone que por parte de nuestra Asociación estamos en contra de una serie de puntos los cuales se podrían modificar y a la vez, echábamos de menos otros puntos los cuales se podrían añadir.

En primer lugar, y una de las cuestiones más importantes, solicitamos que la productividad tiene y debe de ir ligada al puesto de trabajo, pero nunca al empleo, ya que un Cabo/Cabo 1º cuando se queda de interino o accidental de un mando superior, las responsabilidades son idénticas al titular que sustituye y no es de justicia recibir diferentes percepciones por estar en el mismo puesto de trabajo con las mismas responsabilidades.

En segundo lugar solicitamos que puedan ser compatibles entre sí diferentes productividades estructurales mensuales, como son las EGR 1 y 2 con la EGR 3, 4 y 5. Creemos que sería una manera de compensar a cualquier mando no retribuido por ejercer mando en Guardias Civiles de diferentes especialidades.

Se puso el ejemplo de las unidades funcionales ROCA, que pretenden asignarle una productividad estructural EPI 65% de CVE (277,55 euros mensuales) a todos sus componentes. Se argumentó que por lo general suele estar al mando un Cabo/Cabo 1º  con un móvil corporativo pero sin embargo no se ve recompensado por el ejercicio del mando de dicha unidad;  y parecido suele ocurrir con los jefes de las demás unidades funcionales de diferentes especialidades.

Nuestra pretensión es que todo mando (entendiéndose como mando desde el empleo de Cabo hasta General) vea recompensado el ejercicio de sus funciones con una productividad estructural adicional siempre que estén en una unidad y ejerzan mando en los servicios de sus especialidades. Nuestra intención es que se modifique el texto de la EGR5 y sea de Cabos/Cabos 1ºs y Suboficiales, reconociéndoles esa gratificación de manera bimensual.

En tercer lugar se expuso la injusticia que existe entre el Régimen General y el Régimen Especial a la hora de aplicarse el nuevo concepto de productividad por realizar un curso, ya que pretenden que hasta los tres meses se retribuya el 100 % de la productividad estructural y a partir del cuarto mes el 35 % con un mínimo de la ERG1 (55,41 euros). Se argumentó que un componente que esté encuadrado en el régimen de mando con una productividad fija, éste no pierde poder adquisitivo mientras un componente encuadrado en el régimen general no genera festivos ni nocturnos, por lo que percibiría la cantidad de 55,41 euros.

Nosotros estamos de acuerdo con esta medida, pero solicitamos su modificación para todos aquellos que estén en el régimen general se le haga un prorrateo de la productividad de los últimos tres meses y se le abone la media los tres primeros meses y un 35 % a partir del cuarto mes.

En cuarto lugar, se expuso que los servicios extraordinarios es una gran medida, aunque las cifras creemos que pueden aumentarse.

No quisimos incidir más en cuestiones específicas y técnicas para argumentar las problemáticas de los empleos de Cabo, posponiéndolo a las alegaciones por escrito.

Se nos comunica que el próximo grupo de trabajos se abordará el próximo 5 de noviembre, con los cual esperamos que tras nuestras alegaciones se nos haya tenido en cuenta, para seguir avanzando hacia una redistribución económica más justa en la Guardia Civil.

Los empleos de CABO tienen funciones más asimiladas a los Suboficiales que a los Guardias Civiles y por lo tanto sus retribuciones tienen y deben de ser a la misma condición.