PRÓXIMAS NORMAS

En la mañana de ayer tuvo lugar la Comisión de Normativa y Estatuto Profesional del Consejo de la Guardia Civil, presidido por el Mando de Personal, Teniente General Llamas, en el que durante cerca de dos horas y cuarto han sido informados NUEVE proyectos normativos para que próximo 30 de marzo pasen por la sesión ordinaria del Pleno del Consejo.

Estos son los proyectos normativos:

1º.- Proyecto de REAL DECRETO, de modificación del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 728/2017, de 21 de julio. (relacionado con normativa de destinos)

La finalidad de este proyecto es que todo aquel que desee continuar de servicio activo y esté próximo a cumplir la edad reglamentaria de pase a reserva, pueda solicitar vacantes para personal en reserva sin que haya periodos de inactividad, de tal manera que con la misma fecha se cesa en el servicio activo y continúa ocupando una plaza en reserva activa.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

2º.- Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo y el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo (relacionado con la normativa de Cabos)

  • Este proyecto normativo tiene como objeto la aprobación de los planes de estudios del curso de capacitación de Cabo sean por parte de los Ministros de Defensa y del Interior.
  • En esta norma conseguimos después de insistir en números grupos de trabajo y reuniones con representantes de la Administración, que se reconozca el nombre del centro de formación de Baeza, como ACADEMIA DE CABOS Y GUARDIAS, al igual que los demás centros de formación reconocen su nombre por la escala.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

3º.- Proyecto de Orden, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios.

Este proyecto normativo tiene como objeto desarrollar el curso de capacitación de cabo mediante el marco normativo adecuado, tumbado por la Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo, mediante la Sentencia 3287/2022 de 19 de septiembre de 2022.

Prácticamente no se realizan modificaciones al efecto, aunque sí cabe destacar que aumentan la carga lectiva a 20 horas en el módulo SIGO, realizando un total de 280 horas el plan de estudios para obtener el empleo de Cabo.

Esta norma es vital y transcendental para la APC-GC. Llevamos insistiendo en numerosos grupos detrabajo y reuniones con representantes de la administración, que el actual plan de estudios para el ascenso al empleo de cabo, es muy escaso y a esto le llamamos DESPRESTIGIO EN EL ORIGEN.

En nuestra argumentación ante el presidente de la Comisión, como el resto de los representantes de la Administración hacemos ver, que estamos lastrados a llamar curso de capacitación cuando debería de llamarse curso de formación para el primer escalón de mando.

Las comparaciones son odiosas, pero estamos en la obligación de fijarnos en aquellos que realizan funciones o cometidos similares a los Cabos de la Guardia Civil, y por ende vemos la formación querecibe un Guardia Civil que entra en la Escala de Suboficiales y supera el plan de estudios de 2.187 horas lectivas para salir con el empleo de Sargento , pero si comparamos con el empleo de Oficial de Policía Nacional que paradójicamente también es un curso de capacitación, su plan de estudios puede llegar a ser de 1.800 horas, aunque el año pasado realizó un total de 800 horas, basado en un periodo de fase a distancia y otro presencial, de cuatro meses cada uno.

Hacemos destacar, lo incongruencia que existe actualmente en los planes de estudios en la Guardia Civil con sus equivalencias a titulaciones, poniendo los ejemplos de un Sargento tiene una equivalencia alGrado Superior, al igual que un Cabo que tenga el título de bachiller, según la Orden EDU/1970/2010, de 14 de julio, por la que se establece la equivalencia de los empleos militares de Cabo, Cabo Primero y Cabo Mayor de la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, al título de Técnico Superior correspondiente a la Formación Profesional del sistema educativo, al igual que un Oficial de Policía Nacional que tenga el título de bachiller según la ORDEN ECI/1995/2007, de 29 de junio, porla que se establece la equivalencia de las categorías de Policía y Oficial de Policía, de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, a los títulos de Técnico y de Técnico Superior, respectivamente, correspondientes a la formación profesional del sistema educativo.

En última instancia, rogamos a la Administración que realice un esfuerzo y si no hay posibilidad de aumentar la carga lectiva en la fase presencial, que se aumente en la fase a distancia junto con un periodo en prácticas.

Nuestro máximo reto, es intentar cambiar el plan de estudios en la Guardia Civil y más concretamente enla Escala de Suboficiales. Nosotros creemos que dos años académicos para la formación a la escala de Suboficiales en cualquier empleo de Cabo es exagerado y abogamos al sentido común y la experiencia en los primeros escalones de mando. Nuestra postura es que cualquier empleo de Cabo que acceda a la Escala de Suboficiales, realice un solo año académico.

Posicionamiento APC-GC: Reservamos el voto hasta el pleno del consejo.

4º.- Proyecto Orden General, por la que se modifica la Orden General número 4/2018 por la que se desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil.

Este proyecto normativo tiene como objeto implementar en los puestos de trabajo de la Guardia Civilaspectos y condiciones por incapacidades psicofísicas y establecer las directrices para determinar las restricciones concretas aplicables a cada puesto orgánico Uno de los representantes de la Secretaría Técnica del Mando de Personal, expuso que se está desarrollando un acceso informático parecido alsimulador de méritos en la aplicación de Mi Gestión Personal de la Intranet del cuerpo, en el cual se conocerán los requisitos y condiciones particulares para la asignación y ocupación de cada puesto detrabajo, incluidas las particularidades de los llamados aptos con limitaciones.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

5ª.- Proyecto Orden General, por la que se modifica la Orden General número 12/2021 sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil.

La finalidad de este proyecto normativo es la creación de nuevas fichas de méritos y la modificación de algunos aspectos en otras.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

6ª.- Proyecto de Orden General número, por la que se aprueban las Normas de uso de condecoraciones civiles nacionales, y militares y civiles extranjeros sobre el uniforme de la Guardia Civil.

La finalidad de este proyecto normativo básicamente regulación de las condiciones y procedimientos de autorización de uso de condecoraciones civiles nacionales, y militares y civiles extranjeras sobre el uniforme de la Guardia Civil. Lo más destacado de la norma, es que el máximo de pasadores sobre el uniforme será de 20.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

7ª.- Proyecto de Orden General, sobre emblemas, divisas y distintivos en la Guardia Civil.

La presente norma tenía intención de crear el distintivo de herido en intervención policial en analogía al Ejército, en el cual tienen el distintivo de herido en combate.

Todo ha quedado en un brindis al sol, ya que se ha sacado del citado proyecto y se añade un nuevo gorro cuartelero para la especialidad de Fiscal y Fronteras.

Posicionamiento APC-GC: Reservamos el voto hasta el pleno del consejo.

8ª.- Proyecto de Orden General, sobre tipos, modalidades y normas de utilización de los uniformes específicos en la Guardia Civil

La finalidad de este proyecto normativo es el desarrollo de todos los aspectos relacionados con los uniformes específicos de la Guardia Civil, y como aspecto a destacar y cuando las circunstancias concretas del servicio a realizar o la naturaleza de los cometidos encomendados aconsejen vestir de paisano, las personas titulares de unidad tipo Comandancia, Servicio, o entidad similar, podrán eximir a su personal de la obligación de vestir los uniformes que correspondan.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

9ª.- Proyecto de instrucción, por la que se dan instrucciones para la expedición y entrega de títulos de empleos con carácter honoríficos en la Guardia Civil.

La finalidad de este proyecto normativo es dar las instrucciones para la expedición y entrega de dichos títulos.

Posicionamiento APC-GC: A favor.

Si quieres más información adicional o plantear cualquier pregunta, puedes dirigirte a

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