Hoy ha tenido lugar la Comisión de normativa y estatuto profesional del Consejo de la Guardia Civil presidido por el Mando de Personal, Teniente General Alcantud, en el que se han informado SIETE  proyectos normativos. Estos son:

1º.- Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la tramitación de propuestas, sugerencias, quejas y solicitudes de información del personal la Guardia Civil.

Se trata de un proyecto normativo que regula de forma sencilla, integral y clara los instrumentos con los que pueden contar los guardias civiles para comunicar a los órganos de la Dirección General del Cuerpo tanto las propuestas y sugerencias sobre: régimen de personal, derechos y deberes, ejercicio del derecho de asociación, aspectos sociales y protección de la seguridad y salud, como las quejas relativas: al régimen de personal, a las condiciones y calidad de vida en las unidades.  Asimismo se regula en el proyecto normativo las solicitudes de información sobre asuntos de carácter individual, relacionados con aspectos jurídicos, administrativos, sociales o profesionales.

Lo más novedoso de la última versión es la eliminación del conducto reglamentario para la tramitación de propuestas y sugerencias.

 

Posicionamiento APC-GC: A favor.   

El posicionamiento de todas las asociaciones ha sido “a favor”, excepto ASES que se abstuvo.

 

 

2º.-  Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.

Como ya se hizo mención en el “informa” de 25 de febrero actual, esta futura norma viene a reconocer de forma expresa en su preámbulo que el empleo de Cabo es el “primer escalón de la jerarquía de mando”(Único empleo al que se hace referencia en todo el Real Decreto).

Esta cuestión no resulta fútil por cuanto ninguna norma específica de la Guardia Civil en los últimos 25 años(salvo el preámbulo de la Orden General núm. 3 de 11 de abril de 2019 –estando ya APC-GC “dando la batalla” por esta cuestión-) había reconocido de forma expresa la jerarquía de mando a los empleos de Cabo.

Entendemos que nos encontramos ante una norma moral más que una norma legal (entendido desde un punto de vista filosófico), por lo que bien podría reconocerse como legítima heredera de la Cartilla del Guardia Civil de 1845 y del Reglamento para el Servicio de 1843.

En esta norma se recogen valores y principios, junto con normas de comportamiento, para “moldear” al Guardia Civil actual; un Guardia Civil con el “temperamento” del Siglo XIX pero con el “carácter” del Siglo XXI, porque en la “personalidad” del Guardia Civil debe haber una parte genética (“temperamento”) que se identifiquen con valores y principios perennes e inmutables (honor, integridad, lealtad, valor, justicia, sacrificio…) y otra parte adquirida (“carácter”) que busque, defienda y aplique normas de comportamiento actuales (eficiencia, sostenibilidad, diversidad, igualdad, conciliación, cuidado de la salud, transparencia…) pues no debemos olvidar que somos lo que hacemos.

Y como apéndice de la norma figura un decálogo de diez artículos que trata de resumir de una forma directa, sencilla y rápida todo el contenido de la norma; en el que destaca su artículo 1 que es una copia casi literal del mítico artículo 1 de la Cartilla de 1845 y del Reglamento del 1943.

 

Posicionamiento APC-GC: A favor.

Todas las asociaciones se han posicionado a favor excepto AUGC e IGC que se han posicionado en contra. UNIÓNGC se reservó el sentido de su posicionamiento para el Pleno del Consejo.

 

 

3º.- Proyecto de Real Decreto por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil.

Lo más destacable de este proyecto es el trato que se le va a dar a la exhibición de los tatuajes y las limitaciones en el uso del uniforme y la venta de prendas, complementos y accesorios.

Existen tres categorías de tatuajes: Los prohibidos, que son los mismos que ya figuraban en borradores anteriores; los no permitidos, que son los que se realicen en manos, cabeza y cuello; y los permitidos, que son los que, aún siendo visibles en brazos y piernas, sean moderados en su tamaño – el área tatuada, individual o en su conjunto, quede circunscrita en un área rectangular que no supere los setenta centímetros cuadrados-. Si sobrepasa ese límite, la superficie en exceso debe cubrirse.

Destacar, para bien, que no se podrá hacer uso del uniforme “en páginas web, redes sociales en línea o cualquier otro medio de difusión pública utilizando cuentas y canales de uso privado, salvo con autorización previa”.

Los establecimientos de venta de “efectos militares y policiales” solo podrán vender prendas, complementos y accesorios de vestuario de uso exclusivo de la Guardia Civil a quienes acrediten la condición de guardias civiles. Y en el caso de compras on line, el envío deberá realizarse a la dirección de una dependencia de la Guardia Civil.

 

Posicionamiento APC-GC: A favor.

El posicionamiento de todas las asociaciones ha sido “a favor”, excepto UNIÓNGC e IGC que se posicionó en contra. AUGC se reservó el sentido de su posicionamiento para el Pleno del Consejo.

 

 

4º.- Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil, elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.

Lo más destacado de esta norma es que se ha intentado llegar a un punto en común entre los intereses de los representantes de la Administración y los intereses de los representantes de los guardias civiles, pero llegados aquí y después de tres años de trabajos no se ha satisfecho todas las pretensiones de las ocho asociaciones profesionales representativas.

Resulta indubitado que esta norma representa un avance ante dos realidades; por un lado, la cautela por parte de los representantes de la Administración en el reconocimiento (y en su puesta en práctica) de derechos; y, por otro lado, el deseo de los representantes de los guardias civiles por ir más allá en el asociacionismo del Cuerpo, sobre todo después de la prueba que supuso todo “proceso” de equiparación salarial para medir el grado de madurez y responsabilidad del movimiento asociativo dentro del Cuerpo.

El movimiento asociativo dentro de la Guardia Civil es (y debe ser) diferente a todo y a todos. No podemos (ni debemos) compararnos con sindicatos policiales, ni de clase, ni con otras asociaciones profesionales. Somos diferentes, por ello se deben buscar soluciones diferentes al movimiento asociativo y a cada una de las propuestas que desde este movimiento se plantean con el único y exclusivo fin (y no hay que olvidarlo) de velar y cuidar por las condiciones de vida, intereses y necesidades de todos (todos) los guardias civiles.

Y aún quedan propuestas a las que este proyecto normativo no ha dado una solución: ASES considera que la nueva norma condiciona (y no le falta razón) las estructuras asociativas ya creadas y que obligará a “reestructurar” el organigrama de las asociaciones; UNIÓNGC  considera que la nueva norma no garantiza (que tampoco le  falta razón) la asistencia a las reuniones en comisión de servicio y UO considera que el derecho a la no discriminación profesional no se ha extendido a los representantes–como lo reitera la Jurisprudencia en el ámbito laboral (mutatis mutandi)- cuestión expresamente defendida y apoyada por APC-GC.

Aún tiene tiempo el órgano de dirección para modificar el proyecto normativo antes del Pleno del Consejo del próximo día 23 de marzo.

 

Posicionamiento APC-GC: Reserva del posicionamiento para el Pleno del Consejo.

APROGC, AUGC, AEGC e IGC se posicionaron a favor. UO se abstuvo. UNIÓNGC se reservó el sentido del posicionamiento para el Pleno del Consejo y ASES se posicionó en contra.

 

 

5º.- Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil.

A diferencia del proyecto anterior, este proyecto ha recogido prácticamente todas las propuestas planteadas por las asociaciones profesionales. De este modo, esperamos que dé un resultado acorde con las expectativas que todas las asociaciones profesionales tenemos puestas en el Consejo. Que el Consejo sea un órgano dialogante, ágil y resolutivo.

 

Posicionamiento APC-GC: A favor.

El resto de asociaciones profesionales se posicionaron a favor, excepto UNIÓNGC que se reservó el sentido del posicionamiento para el Pleno del Consejo.

 

 

6º.- Proyecto de Orden PCM por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las lenguas cooficiales.

De este proyecto normativo hay que destacar que reconoce con un nivel de SLP las diferentes titulaciones y certificaciones civiles

 

Posicionamiento de APC: A favor.

El resto de asociaciones profesionales se posicionaron a favor, excepto UNIÓNGC que se posicionó en contra.

 

 

7º.- Orden General por la que se modifica la Orden General núm. 2/2019, de 28 de marzo, por la que se determina la composición y funcionamiento de los órganos de evaluación y se desarrollan los procesos de evaluación.

Lo más destacable de este proyecto normativo es la inclusión de un CABO MAYOR en las juntas de evaluación para la determinación de la insuficiencia tanto de facultades profesionales como condiciones psicofísicas, con lo que continúa la visualización de los empleos de Cabo, esta vez materializado en el último de nuestros empleos (y de la Escala).

 

Posicionamiento de APC: A favor.

El resto de asociaciones profesionales se posicionaron a favor, excepto UNIÓNGC que se abstuvo.

 

 

¿PRODUCTIVIDAD PARA TRÁFICO?

Y por último reseñar que hoy mismo se han reunido representantes de la Agrupación de Tráfico del Cuerpo con representantes del MAPER para tratar la aplicación de la Orden General núm. 4 de 12 de febrero, manifestando uno de los representantes del Mando del Personal –sobre si habrá un aumento de la productividad a los componentes de la ATGC- que “no sabe si esa propuesta va o no adelante”. De hecho, esta cuestión era una de las que se abordarían en la reunión o reuniones de los mencionados órganos directivos.

La comisión de normativa es el epílogo de todos los grupos de trabajo en los que se ha estado trabajando los proyectos normativos entre las asociaciones profesionales y los órganos de dirección del Cuerpo.

Cualquier aclaración, consulta o inquietud que no haya quedado lo suficientemente clara se puede enviar un correo electrónico a info@apcabos.es y explicaremos con más detalle lo tratado en la comisión.

No obstante, el próximo 23 de marzo se votarán definitivamente estas normativas en el Pleno del Consejo y volveremos a informaros del resultado de la reunión y como quedan definitivamente las normas antes mencionadas.