Ayer 08 de septiembre de 2026 se ha celebrado el 16º Grupo de Trabajo para tratarlas nuevas modificaciones de la OM de Especialidades y las propuestas de las distintas Asociaciones sobre las modificaciones de las OG relativas al SEPRONA, UEIy SAER:
1.- Las nuevas modificaciones de la OM de Especialidades son las siguientes:
- JUER
- Eliminación de la modalidad de dirección en la especialidad de “Seguridad e intervención”.
- Suprimir los empleos Coronel y Teniente en la modalidad “Reserva y Seguridad” de la especialidad de “Seguridad e intervención”.
- Suprimir empleos de Comandante y Teniente Coronel en la modalidad “ecuestre” de la especialidad de “Seguridad e intervención”.
- MATERIAL MOVIL
- Modificación de los puestos orgánicos de cumplimiento de la servidumbre de “mecánico de automóviles” y “conductor de automóviles” por el puesto de “especialista de automovilismo”.
- JEFATURA DE SERVICIO TECNICO
- Incluir una disposición transitoria en la modalidad de dirección en “Tecnologías de la información” eximiendo del requisito de la modalidad de dirección para ocupar el puesto de trabajo.
- Añadir a la JPJ y a la JINFO como puestos orgánicos de cumplimiento de servidumbre de “Dirección” y “Técnica” en la especialidad de “Tecnología de Información”.
2.- Las principales modificaciones de las tres OG´s son las siguientes:
Modificaciones SEPRONA:
- Refuerzo del papel como policía integral medioambiental: Se amplia y concreta el ámbito de actuación del SEPRONA, incorporando materias como seguridad agroalimentaria, cambio climático, maltrato animal, urbanismo y protección del patrimonio histórico, consolidando su carácter de policía integral medioambiental.
- Impulso de la investigación y funciones de policía judicial: Se potencia la función investigadora, reforzando el papel del SEPRONA como policía judicial especifica, con mayor énfasis en la persecución de delitos, obtención de pruebas, análisis de la participación en infracciones y valoración del daño ambiental.
- Reorganización del mando y mejora de la coordinación: Se introduce un cambio relevante en la estructura de mando a nivel de Comandancia, atribuyendo con carácter general el mando orgánico. funcional y técnico a los Jefes de UPRONA, centralizando la dirección y mejorando la eficacia y coordinación.
- Refuerzo de la estructura territorial y de coordinación autonómica: Se fortalece el papel de las UPRONAs de Zona (UPRONAZ) como órganos de coordinación e interlocución con las autoridades medioambientales autonómicas, mejorando la integración con las administraciones territoriales.
- Actualización de competencias y funciones del personal especialista: Se redefine el sistema de cualificaciones (dirección, equipos y patrullas), sustituyendo el concepto de “capacidades” por “competencias profesionales”, y detallando con mayor precisión las funciones de dirección, investigación y prevención.
- Nueva causa de perdida de cualificación específica: se incorpora como novedad la pérdida automática de las cualificaciones cuando exista sentencia firme por delitos contra el medio ambiente (Títulos XVI, XVI bis y XVII de Código Penal), por su directa vinculación con la especialidad.
- Creación del Instituto nacional de seguridad ambiental: se integra en la Jefatura del SEPRONA.
Modificaciones UEI:
- Condiciones de ejercicio de la especialidad: se modifica el requisito relativo a la situación administrativa del personal, estableciendo que podrá encontrarse en situación de servicio activo o en reserva (cuando sea compatible) para todas las modalidades, en sustitución de la limitación anterior.
- Estructura: el mando de la UEI será ejercido por un Teniente Coronel de la Guardia Civil, en activo, especialista en intervención especial y en posesión de la cualificación especifica UEI.
Modificaciones SAER:
- Modificación de modalidades de la especialidad: se eliminan las modalidades “mecánico de aviones” y “mecánico de helicóptero”, y se incorpora una nueva modalidad “dron y contradron”.
- Modificación de cualificaciones específicas: se eliminan las cualificaciones “AEMA” y “AEMH” y se incorpora la cualificación “AEDR (Dron/Contradron)”.
- Supresión de competencias profesionales: desaparecen completamente las competencias asociadas a Mecánico de avión (AEMA) y Mecánico de helicópteros (AEMH).
- Modificación y ampliación de competencias: mecánico de aeronaves y mecánico de helicópteros.
- Modificación en la obtención de cualificaciones.
- Modificación de edad máxima: se incrementa la edad máxima de obtención, pasando de 40 a 42 años.
- Modificación del mantenimiento de la Especialidad.
- Modificación de condiciones de ejercicio.
- Modificación del régimen de servidumbre.
Las propuestas/observaciones de la Asociación Profesional de Cabos (APC-GC), así como su respuesta han sido las siguientes:
Modificaciones SAER:
- ESPECIFICACIÓN DE SITUACIONES EN LAS CUALES LOS MECÁNICOS DE HELICÓPTEROS PUEDEN PASAR A EJERCER FUNCIONES DE OPERADORES DE SERVICIO. Respuesta: “Se considera suficiente la regulación existente, en la que se delimitan las competencias profesionales de cada modalidad”.
- RECONOCIMIENTO CIVIL U HOMOLOGACIÓN DE LAS TITULACIONES OBTENIDAS EN EL SAER. Respuesta: “Estos procedimientos dependen de la normativa específica dictada por los órganos competentes, fundamentalmente el Ministerio de Defensa y SESA, así como, en su caso, de la normativa europea aplicable, debiendo ajustarse en todo momento a las condiciones y criterios que dichas autoridades determinen. En consecuencia, cualquier reconocimiento o equivalencia de carácter civil deberá tramitarse por las vías legalmente previstas y conforme a dos requisitos que establezcan los organismos competentes, sin que la presente Orden General pueda anticipar o reconocer efectos que exceden de su ámbito competencial”.
Modificaciones SEPRONA:
- BLINDAJE DE LA DEPENDENCIA ORGÁNICA Y FUNCIONAL (evitar la doble dependencia).
- REGULACIÓN RESTRICTIVA Y FISCALIZACIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIO AJENAS ALA ESPECIALIDAD, adiciones normativas al Artículo 27.
- DELIMITACIÓN ESTRICTA DE LAS “NECESIDADES EXTRAORDINARIAS” DE SERVICIO.
- CLARIFICACIÓN DE CARGAS DE TRABAJO. – PREVENCIÓN VS. INVESTIGACIÓN PENAL (Art. 3.3.c y Art. 25.1).
- GARANTÍAS EN LAS PRUEBAS DE MANTENIMIENTO Y CURSOS DE TRANSFORMACIÓNINTERNA (Art. 6.3. b.2º, Art. 8, Art. 12 y Art. 13.6).
- DOTACIÓN DE RECURSOS EFECTIVOS BAJO EL MARCO EUROPEO (Exposición de Motivos y Art. 6.3).
Indicamos a la Jefatura que NO SE HA DADO RESPUESTA a las propuestas relativas a las modificaciones de la OG del SEPRONA, solicitándonos que las volvamos a remitir para el siguiente grupo puesto que no las encuentran, por lo que en este momento no pueden respondernos.
Se nos da nuevamente un plazo de 10 días para remitir las observaciones/propuestas que consideremos oportunas tanto para la OM de Especialidades como para las tres OG´S tratadas hoy, para poder debatirlas en el próximo grupo de trabajo del día 29/09/26 y ser tenidas en cuenta antes de la Comisión de Normativa.
Para cualquier duda o aclaración enviar un correo electrónico a info@apcabos.es.
Junta Directiva Nacional
