25 DE MAYO DE 2026
Las asociaciones representativas del Consejo de la Guardia Civil han acudido el día 25 de mayo de 2026, a laComisión de Normativa previa al Consejo que tendrá lugar el próximo 11 de junio.
La sesión ha estado presidida por el Teniente General del Mando de Personal y a la misma han acudido los vocales de las asociaciones profesionales del Consejo de la Guardia Civil, que, en unidad de acción, han expuesto una serie de cuestiones sobre cada norma que se ha tratado.
1. Proyecto de modificación de la normativa de destinos:
Reglamento de Destinos
Solicitud de eliminación de la propuesta de nueva redacción del art. 14.2 (adjudicación de destinos sin publicaciónprevia de la vacante por acceso a una Escala) y 58.4 del RD (incorporación urgente al destino), manteniendo laexcepcionalidad y la redacción anterior, ya que la nueva redacción pretende normalizar la asignación de destinos sinprevia publicación a los que se incorporan a una escala, y la incorporación urgente que actualmente esté prevista parasituaciones excepcionales.
Respecto al bloqueo de vacantes que debiendo ser publicadas no se publican, y dada la repercusión que tiene sobrela carrera profesional y para la conciliación familiar, se ha solicitado que se hagan públicos tanto los motivos delbloqueo de cada una de las vacantes como el tiempo previsto de duración del mismo.
Respecto a la creación de nuevos derechos preferentes, en particular para Cataluña y Baleares, se ha mostrado laoposición de las asociaciones que han defendido que esto supone intentar solucionar un problema a costa de laantigüedad de los demás. Si se le da más valor a la antigüedad de unos, se les está restando valor a la de otros. Lasasociaciones han defendido que debe solucionarse mediante un paquete integral de medidas, que comporte mejoraseconómicas, de descanso y vacaciones y, en su caso, un derecho preferente modulable con un peso relativo que sesume al resto de los incentivos, teniendo en cuenta que la problemática no es idéntica en Cataluña, Baleares y otrosterritorios, o funciones, por lo que cada situación requeriría un tratamiento específico e individualizado que requiere unanálisis previo y riguroso.
Orden Ministerial de clasificación de destinos
Las asociaciones hemos vuelto a solicitar información detallada, que hasta ahora se nos ha negado con detalle, sobreel número actual de vacantes por empleo clasificadas como LD, Méritos y Antigüedad y su comparativa con lasmodificaciones previstas en el borrador que se pretende aprobar, así como la fundamentación de porqué se hadecidido el cambio de la misma.
Se ha mostrado oposición a que las vacantes de Capitán Jefe de Compañía pasen de antigüedad a méritos, dado queel sistema de méritos está reservado, según recoge el Real Decreto, a puestos de trabajo cuyo desempeño requieraespeciales conocimientos técnicos o capacidades profesionales. Esta nueva clasificación, demás, condicionaría laasignación de estos puestos de trabajo a IPECGUCIs, condecoraciones, titulaciones, idiomas.
Nos hemos opuesto a los tiempos de máxima permanencia en los destinos, ya que consideramos que se trataría deuna incongruencia con el derecho actual a renuncia de ascenso y, en consecuencia, va en contra de las necesidadesconciliación. No es entendible que se permita renunciar al ascenso para no tener que cambiar el destino, pero luegose pierda por permanecer en él.
La Orden Ministerial desarrolla el derecho preferente modulable, ampliado a Cataluña y Balares, donde 6 años deservicio van a sumar casi 20 de antigüedad, que como se ha adelantado en párrafos anteriores, se ha mostrado elposicionamiento contrario contra este preferente excesivo y aplicado de forma aislada.
Por último, en materia de destinos, por parte de las asociaciones se ha solicitado la ampliación de la valoraciónmínima de la antigüedad en el sistema de provisión de destinos por concurso de méritos. La propuesta es unahorquilla de 20/40.
- Proyecto de modificación Real Decreto Plantilla 2025_2029
En esta norma se adelanta la creación de dos empleos de General cuya creación estaba prevista dentro del RD parafinal del ciclo cuatrianual y para financiar este adelanto se reducen 5 dotaciones de capitanes de la escala 42/99 queya no son necesarias y, asimismo, se retrasan para final del ciclo (2028-2029) 22 de Cabos.
Hemos solicitado en unidad de acción, que se nos facilite la MAIN de la norma o bien informe detallado que justifiqueeste incremento en unos empleos y reducción en otros antes de adoptar un posicionamiento definitivo.
Con ocasión de esa modificación del RD de plantillas las asociaciones pusieron de manifiesto su malestar por loscoeficientes excesivos que se venían fijando para establecer los tramos del escalafón para el ascenso que hace quemuchos compañeros se queden en la cuneta tras muchos años de servicio, solicitándose coeficientes más reducidos ymás compromiso con facilitar la promoción en todos los empleos y no solo para el ascenso a General.
3. Proyecto de modificación de la normativa de especialidades
La Administración, finalmente, he renunciado a eliminar la especialidad de Riesgos Laborales, por lo que todas lasasociaciones nos hemos mostrado a favor de la norma.
4. Proyecto modificación especialidad de Tráfico y estructura, organización y funciones de la Agrupación deTráfico de la Guardia Civil
Se trata de una modificación de carácter técnica, destinada a regular las UNIS mediante una norma con rango deOrden General.
Hemos indicado la necesidad de plasmar en la norma las segundas jefaturas en las UNIS.
5. Modificación normativa de incentivos al rendimiento.
Esta norma actualiza los CVE en base a los que se calculan las productividades estructurales.
La modificación también pretende evitar que la primera de las bajas médicas de hasta cuatro días al año (baja de muycorta duración), tenga efectos negativos sobre la normativa de incentivos al rendimiento, tal y como ocurríaanteriormente. En cuanto a la productividad por actividad extraordinaria, hemos expuesto la conveniencia de matizarque la ACEX1 y ACEX5 no se verán perjudicadas por los días de baja de muy corta duración.
Las asociaciones profesionales en unidad de acción, hemos solicitado que la entrada en vigor de la norma lo sea concarácter retroactivo, con la misma fecha de la entrada en vigor del Real Decreto de Sanidad de la Guardia Civil (26 defebrero de 2026), con el fin de evitar pérdidas retributivas en la productividad estructural a los guardias civiles quehayan sufrido una baja médica de muy corta duración (de 1 a 4 días) en el periodo intermedio de vigencia de ambasnormas.
Asimismo, la norma adapta la jornada laboral del personal funcionario civil destinado en Guardia Civil, fijándola en 35horas semanales. Del mismo modo, hemos vuelto a trasladar la necesidad de que la jornada de 35 horas semanales,sea también una realidad para el personal de la Guardia Civil, al igual que sucederá en las Fuerzas Armadas.Esperamos que esta cuestión pueda abordarse en la futura normativa de jornada laboral actualmente en elaboración.
Madrid, 25 de mayo 2026
Las Asociaciones Profesionales Representativas
en el Consejo de la Guardia Civil
