Para la Asociación Profesional de Cabos es de vital importancia el presente grupo de trabajo y así se lo transmitimos a los representantes de la Administración. Tenemos un problema en el empleo de cabo y es que sale con una formación muy, pero que muy limitada para ser y ejercer el mando de la Guardia Civil.

La Administración está formando a los alumnos de la escala de suboficiales con una carga lectiva de 2.147 horas en un periodo de dos años para desempeñar funciones de mando en la Institución y los cabos se ven lastrados a un curso de capacitación para desarrollar funciones de mando con una carga lectiva de 260 horas. A esto, nosotros lo denominamos DESPRESTIGIO EN EL ORIGEN.

NUESTRAS OBSERVACIONES.

En primer lugar argumentamos que en el proyecto del Real Decreto por el que se modifica el reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil se introdujera la modificación del nombre de la Academia de Guardias, por la Academia de Cabos y Guardias ya que, si todas las academias de formación tienen el nombre de su escala respectiva, no entendíamos el porqué no lo hacen con la nuestra.

CONTESTACIÓN: Se nos transmite la existencia de un proyecto y estudio para llevar todos los cursos de capacitación a otro centro de formación y por eso no se ha modificado.

A continuación, exponemos nuestro malestar de porqué no se ha introducido el texto literal del preámbulo de la orden general anulada, ya que omite lo que para nosotros como asociación fue el primero y uno de los mayores logros normativos al reconocer al empleo de Cabo es el primer escalón de mando y realiza unas funciones insustituibles.

CONTESTACIÓN: Se nos transmite que introducen el primer empleo de mando, pero las funciones insustituibles no tienen cabida con la redacción que habíamos propuesto.

Otra de nuestras observaciones fue la introducción de en el primer punto del anexo del plan de estudios, concretamente en su punto segundo a que se hiciera referencia al artículo 17.3 de la Ley de Personal, ya que en dicho párrafo hace referencia a la finalidad del citado curso de capacitación para desempeñar las funciones y cometidos del empleo de Cabo de la Guardia Civil. ¿Cuáles son? ¿dónde están desarrollados?

CONTESTACIÓN: No ven que nuestras observaciones tengan cabida en el articulado.

Por último y la parte más importante de nuestras observaciones, fue el aumento significativo de la carga lectiva con una parte no presencial de 200 horas en 14 semanas, otra parte presencial con 320 horas en 12 semanas y por último un periodo de prácticas con 300 horas en 10 semanas, haciendo un total de 820 horas. Exponemos, que es algo más de un tercio del curso de acceso a la escala de suboficial y hacemos la similitud de que también los segundos jefes de unidad, que en la gran mayoría son puestos de seguridad ciudadana, se quedan prácticamente un tercio del año realizando las funciones del titular de la unidad.
Trasladamos que nuestra principal pretensión es que un cabo realice un curso académico y dicho cabo, si pretende acceder a la escala de suboficiales, se le convalide el primer año y solo tuviera que realizar otro curso académico. Con esta situación se estaría más cerca de conseguir “el día de mañana” el Grupo retributivo B.

CONTESTACIÓN: Lo planteado no tiene cabida con el actual sistema de enseñanza en la Guardia Civil y el aumento significativo de horas lectivas es incompatible con los tiempos que se tienen que manejar para que un alumno salga de la academia de Baeza y pueda pedir vacantes en los pronósticos anuales. Sin embargo, han aceptado un aumento de la carga lectiva concretamente en el apartado de nuevas tecnologías (SIGO) en la fase no presencial.

Se nos emplaza hasta el día 24 de febrero para mandar más observaciones a la presente norma, por lo cual seguiremos trabajando para aportar mejoras para el curso de capacitación de cabo.

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